Un chofer calculó mal la altura de un puente, quedó atascado con el micro y la empresa deberá pagar $21 millones

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El colectivo de larga distancia quedó atrapado debajo de un puente en Haedo cuando viajaba hacia San Luis. Una madre y su hija de ocho años sufrieron lesiones y secuelas psicológicas por el impacto.

Una madre y su hija de ocho años vivieron un momento de desesperación durante un viaje en micro hacia San Luis. El chofer se desvió del recorrido habitual e intentó atravesar un paso bajo nivel en Haedo, pero no calculó correctamente la altura del vehículo y terminó con el colectivo atascado debajo de un puente.

El accidente derivó en una demanda contra la empresa de transporte. Después de analizar las pruebas, el Juzgado Nacional en lo Civil N° 46 ordenó indemnizar a ambas pasajeras con un total de $21.380.000 más intereses, al considerar que la compañía había incumplido su obligación de garantizar la seguridad durante el viaje.

El hecho ocurrió el 7 de abril de 2022. Según la demanda, el conductor abandonó el trayecto previsto e ingresó por una calle que conducía hacia un paso bajo nivel. Sin embargo, la altura del colectivo superaba el espacio disponible debajo del puente, por lo que el vehículo quedó atrapado y sufrió un fuerte impacto.

La mujer, que tenía 28 años, y su hija se golpearon contra los asientos delanteros. Además, la madre denunció que la menor quedó atrapada por el cinturón de seguridad y sufrió lesiones en las rodillas.

Personal del SAME asistió a las pasajeras y, posteriormente, ambas continuaron el viaje en otra unidad enviada por la empresa.

El SAME asistió a las pasajeras tras el accidente ocurrido durante el viaje en micro hacia San Luis (Imagen ilustrativa creada con IA).
El SAME asistió a las pasajeras tras el accidente ocurrido durante el viaje en micro hacia San Luis (Imagen ilustrativa creada con IA).

Por qué la Justicia responsabilizó a la empresa de transporte

Durante el juicio, la compañía reconoció que el accidente había ocurrido, aunque sostuvo que la asistencia médica inicial no había detectado lesiones. La aseguradora, por su parte, cuestionó los daños reclamados y pidió que se rechazara la demanda.

Sin embargo, una pericia de ingeniería confirmó que había carteles que advertían sobre la altura máxima permitida para atravesar el paso bajo nivel.

El juez consideró que la empresa no había demostrado ninguna circunstancia que la eximiera de responsabilidad. También recordó que las compañías de transporte tienen la obligación de trasladar a sus pasajeros de manera segura hasta el destino contratado.

La indemnización millonaria para la madre y su hija

Durante el proceso judicial, una pericia psicológica determinó que ambas pasajeras presentaban trastorno por estrés postraumático, con una incapacidad parcial y permanente del 10% para cada una.

Aunque el magistrado consideró que no estaban suficientemente acreditadas todas las secuelas físicas reclamadas, reconoció los daños psicológicos y morales derivados del accidente.

La indemnización quedó distribuida de la siguiente manera:

Para la madre: $11.940.000

  • $7.000.000 por incapacidad sobreviniente.
  • $3.500.000 por daño moral.
  • $1.440.000 para tratamiento psicológico.

Para la hija: $9.440.000

  • $5.000.000 por incapacidad sobreviniente.
  • $3.000.000 por daño moral.
  • $1.440.000 para tratamiento psicológico.

Además, el tribunal dispuso que las sumas reconocidas llevaran intereses del 8% anual hasta la fecha de la sentencia y, desde entonces, la tasa activa del Banco Nación hasta el pago.

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