El abogado cuestionó el dictamen del fiscal federal en la causa que involucra al ex jefe de gabinete y señaló contradicciones en la evaluación del riesgo procesal y las medidas cautelares.
El abogado Gregorio Dalbón volvió a apuntar contra la actuación del fiscal federal Gerardo Pollicita en la causa que involucra al ex jefe de Gabinete Manuel Adorni, al cuestionar su dictamen en relación con el pedido de medidas cautelares y la evaluación del riesgo procesal del imputado.
En una publicación en la red social X, Dalbón sostuvo que existen contradicciones en la postura del fiscal, al considerar que no puede sostener simultáneamente que hay “arraigo suficiente” para descartar una prisión preventiva y, al mismo tiempo, solicitar una restricción de salida del país.
Cuestionamientos al dictamen del fiscal
“La contradicción del fiscal. Pollicita sostiene arraigo ‘suficiente’ para descartar la preventiva (art. 319 CPPN) pero simultáneamente elevó al juez el pedido subsidiario de prohibición de salida del país. Si el arraigo fuera realmente suficiente, esa medida sería abstracta desde el vamos”, expresó.
En ese sentido, el abogado cuestionó la coherencia del dictamen del Ministerio Público Fiscal y aseguró que ambas conclusiones no pueden coexistir dentro del mismo razonamiento jurídico sobre el riesgo procesal del imputado.
“El propio Ministerio Público se contradice: no hay riesgo procesal (párr. arraigo), pero hay riesgo de fuga (pedido subsidiario). Ambas cosas no pueden ser ciertas a la vez. O el fiscal dictaminó mal la preventiva, o dictaminó mal la subsidiaria. Elija, Dr. Pollicita”, afirmó.
Críticas a la valoración de la prueba testimonial
Dalbón también hizo referencia a la valoración de prueba testimonial dentro de la causa, al señalar la existencia de conversaciones entre un testigo y el imputado durante la instrucción, y cuestionó la interpretación del dictamen fiscal sobre ese punto.
“A eso sumemos que un testigo (Matías Tabar, el contratista de Adorni) admitió conversaciones directas con el imputado durante la instrucción, y el dictamen lo absorbe como ‘sin entorpecimiento’. Con otro apellido, eso ya sería manipulación de prueba testimonial (art. 221 CPPN)”, sostuvo.
Por último, el abogado remarcó que, a su entender, el sistema judicial argentino presenta un trato desigual en la aplicación de las normas procesales, lo que, según afirmó, afecta la equidad del proceso. “El Código Penal no tiene doble vara. La aplicación, en la Argentina, lamentablemente sí”, concluyó.
